Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología -CONCYT-

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Fundamento Legal: creado con la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico Nacional Decreto Número 63-91 del Congreso de la República de Guatemala. Artículo 23

El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, es el órgano rector en el campo del desarrollo científico y tecnológico en el país y le corresponde la promoción y coordinación de las actividades científicas y tecnológicas que realice el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.

4 reuniones anuales. Puede ser delegable.

Clasificacion-GCC: 
orden: 
2

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